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Preguntas y respuestas
Quedarse más tiempo del permitido con una visa en Estados Unidos (overstay) es una falta grave que puede acumular tiempo de permanencia indocumentada y caer bajo el peso de la Ley del Castigo.
Cualquier extranjero que ingresó a Estados Unidos con una visa tipo B1/B2 y por alguna razón o inconveniente está varada, debe renovar cuanto antes su permiso de estadía y pedir una prórroga o extensión del tiempo de permanencia.
En el caso del asilo, se trata de un beneficio legal disponible para cualquier extranjero que entre a Estados Unidos. Tienen un año de plazo para presentar una solicitud por medio del formulario I-589 de la USCIS. “Pero debe tener una razón legal”
De acuerdo con el sitio del Servicio de Inmigración de EEUU, los patrocinadores para el programa de parole humanitario para cubanos, venezolanos, nicaragüenses y haitianos, cuyas solicitudes fueron rechazadas, podrán aplicar una segunda vez.
Personas con estatus de no inmigrante en Estados Unidos que se encuentren en situaciones “apremiantes” podrán solicitar un permiso temporal de trabajo, según una nueva política del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés).
Ahora bien, esta nueva regla aplica únicamente para aquellos trabajadores temporales no inmigrantes cuyas solicitudes iniciales y de renovación de documentos de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés) resulten perjudicadas por los retrasos continuos de las visas de inmigrantes y que puedan demostrar que enfrentan circunstancias apremiantes
Sí puede obtener la residencia permanente (tarjeta verde) a través de un familiar. Estados Unidos está a favor de la reunificación familiar y permite que los ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes
En este tipo de situación, lo más importante es que el inmigrante nunca debe permitir que un oficial de ICE entre a su casa.
Esto se debe a que los oficiales necesitan estrictamente una orden de arresto firmada por un juez de los Estados Unidos, para de esa forma lograr entrar a la casa del individuo en sospecha.
Dependiendo del caso, es posible quitar una orden de deportación. En este sentido, cabe aclarar que cada caso de inmigración y deportación es único y como tales, tienen sus particularidades. Quitar la orden de deportación es un proceso que necesita asistencia legal, ya que no en todos los casos es posible revertir la orden
Todos los derechos humanos siguen existiendo en este tipo de situaciones, pero aunque todos los recursos supuestamente estén disponibles, depende de la calidad del servicio de ese centro de detención.
A veces puede resultar ser muy difícil realizar llamadas desde el centro de atención, y depende mucho de en dónde le toque estar al inmigrante.
La atención médica no se parece a la atención que una persona podría llegar a recibir en un centro de atención y eso es algo injusto, pero afortunadamente sí existen y sí están disponibles estos recursos y derechos básicos.
ASILO
El asilo político es una forma de protección que le permite a los extranjeros permanecer en los Estados Unidos. Esta protección les evita ser deportados a su país de origen donde temen ser lastimados o perseguidos.
Los extranjeros pueden calificar por el asilo político en Estados Unidos si logran demostrar que son perseguidos en su país de origen por alguna de las siguientes razones:
- Raza;
- Religión;
- Opinión política;
- Nacionalidad;
- Pertenencia a un determinado grupo social.
Asimismo, los solicitantes solamente pueden presentar la solicitud de asilo si están físicamente presentes en los EE. UU. y no son ciudadanos estadounidenses.
Existen dos tipos de asilo político en los Estados Unidos:
Asilo Afirmativo
El asilo afirmativo es el asilo estándar solicitado por los individuos que no están en ningún proceso de deportación o remoción. El solicitante debe encontrarse presente en los EE. UU. y puede solicitar este derecho en cualquier puerto de entrada al país.
- Este tipo de asilo se considera un enfoque proactivo, ya que los solicitantes presentan un reclamo antes de que se inicie el proceso de deportación;
- Por norma general, los solicitantes deben presentar el formulario correspondiente para el asilo dentro de un año desde su llegada a los EE. UU;
- En caso de no hablar inglés, el solicitante debe proporcionar un intérprete calificado para la entrevista realizada para este alivio migratorio.
Asilo Defensivo
Cuando los solicitantes de asilo ya se encuentren en un proceso de deportación o remoción de los EE. UU. a través de una corte de inmigración, el proceso se convierte en uno de asilo defensivo.
Los individuos le solicitan al gobierno que revoque la decisión de deportación y les permita continuar en los EE. UU. como asilados. Un juez de inmigración será quien tome la decisión, independientemente de cualquier decisión anterior por parte de USCIS.
Los asilados estarán protegidos de ser devueltos a su país de origen. Además, podrán acceder a los siguientes beneficios:
- Solicitar una Tarjeta del Seguro Social;
- Solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD);
- Pedir un permiso para viajes al extranjero;
- Acceso a varios programas gubernamentales, incluyendo:
- Asistencia médica para refugiados (RMA),
- Asistencia monetaria para refugiados (RCA).
- Pedir que ciertos familiares consigan refugio en Estados Unidos o asilo, sin importar si se encuentran fuera de los EE. UU.
- Realizar la solicitud de asilo estando en los Estados Unidos mediante la presentación a USCIS del Formulario I-589, solicitud de asilo y de suspensión de remoción;
- Realizar la toma de huellas dactilares y la verificación de antecedentes en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC) local;
- Esperar a recibir la notificación de la entrevista de asilo;
- Asistir a la entrevista. El solicitante puede llevar a su abogado, como también a su cónyuge e hijos que buscan obtener el asilo. De no saber inglés, se puede llevar a un intérprete;
- El agente encargado del asilo determinará si el solicitante es elegible para solicitar asilo. Además, un oficial supervisor revisará la decisión del oficial para garantizar que el solicitante es compatible con lo requerido por la ley;
- Esperar la decisión. Generalmente, el solicitante debe regresar a las oficinas de asilo dentro de dos semanas para conocer la decisión sobre su solicitud.
Los solicitantes solo podrán solicitar el asilo dentro del periodo de un año a partir de su última entrada a los EE. UU, salvo que califiquen para una exención de dicho requisito. De no presentar el formulario en el tiempo estipulado, no serán elegibles para solicitar el asilo.
Se hace una excepción al requisito de presentación dentro de un año si el inmigrante puede demostrar que la demora fue debido a una circunstancia extraordinaria o porque hubo un cambio que afectó su elegibilidad.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece varias circunstancias excepcionales al plazo de un año. Entre las más comunes se encuentran:
- El fallecimiento del cónyuge, hijo, padre o madre;
- La agresión o crueldad extrema hacia su persona, su hijo, padre o madre;
- Una enfermedad seria en el cónyuge, hijo, padre o madre.
La entrevista de miedo o temor creíble, es una entrevista que le hace el oficial de USCIS al solicitante de asilo para verificar que existe una base sólida existente en el temor o miedo de regresar a su país de origen.
- Por lo general, en la frontera de EE. UU con México cuando un individuo solicita asilo, tiene lugar una entrevista preliminar;
- Esta entrevista es practicada por un oficial de CBP y él establece si el solicitante pasa al siguiente nivel. Es decir, a la entrevista formal de ‘miedo creíble’ que realiza un oficial de USCIS.
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